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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 3o. P. 135 P Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209825
Clave de tesis
I. 3o. P. 135 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Diciembre de 1994; Pág. 441

ROBO, DELITO DE. EL MONTO DE LO ROBADO NO DEBE INFLUIR PARA LA APRECIACION DE LA CULPABILIDAD.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Diciembre de 1994; Pág. 441

Precedentes

Amparo directo 1423/94. Francisco Javier Lugo Ibarra. 29 de septiembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos de Gortari Jiménez. Secretario: Víctor Manuel Estrada Jungo.
Registro digital (IUS): 209825