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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XV.1o.66 P Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209847
Clave de tesis
XV.1o.66 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Diciembre de 1994; Pág. 453

TOXICOMANIA, ES APLICABLE RETROACTIVAMENTE LA EXCUSA ABSOLUTORIA PREVISTA EN EL ARTICULO 199 DEL CODIGO PENAL FEDERAL REFORMADO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Diciembre de 1994; Pág. 453

Precedentes

Amparo directo 216/94. Macario Garibay Arceo. 28 de abril de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Pedro F. Reyes Colín. Secretaria: Maria Elizabeth Acevedo Gaxiola.
Registro digital (IUS): 209847