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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 2o. C. 234 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 209849
- Clave de tesis
- I. 2o. C. 234 C
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Diciembre de 1994; Pág. 454
TUTELA. IMPEDIMENTO DE LA CONYUGE PARA EJERCERLA.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Diciembre de 1994; Pág. 454
Es incorrecto estimar que el artículo 503, fracción VII, del Código Civil para el Distrito Federal, que determina quiénes no pueden ser tutores aunque estén anuentes en recibir el cargo, deba interpretarse con exclusión del cónyuge del incapacitado, porque si bien el diverso 486 del mismo ordenamiento preceptúa en términos generales que la mujer o el marido son tutores legítimos forzosos, ello atiende a los estrechos lazos afectivos y de cooperación que existen entre los esposos, que no se deben disminuir ni distanciar por la incapacidad sobrevenida a alguno de ellos. De ahí que la obligación de desempeñar la tutoría subsiste, en tanto se conserve el carácter de cónyuge. Sin embargo, es lógico inferir, sin que exista disposición legal en contrario, que cuando existe pendiente de resolverse entre los cónyuges un juicio contradictorio de divorcio, esa contraposición de intereses impide ejercer la tutela, pues de otro modo se desvirtuaría su naturaleza que tiende a la guarda de la persona y bienes de quien tiene algún tipo de incapacidad, de acuerdo con lo que dispone el artículo 449 del Código Civil, por lo que no podría prevalecer la regla general sobre la específica.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 4730/94. Ana Kalia Zarkín de Cortés. 31 de octubre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Martín Antonio Ríos. Secretario: Víctor Francisco Mota Cienfuegos.