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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 12 de abril de 2002, la Segunda Sala, declaró inexistente la contradicción de tesis 2/2002 en que participó el presente criterio.

III. 2o. A. 87 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209852
Clave de tesis
III. 2o. A. 87 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Diciembre de 1994; Pág. 456

VISITA DE INSPECCION PARA VERIFICAR OBLIGACIONES EN MATERIA DE COMPROBANTES FISCALES. DEBE LEVANTARSE ACTA FINAL EN LA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Diciembre de 1994; Pág. 456

Precedentes

Revisión fiscal 18/94. Refacciones y Rectificaciones Naitoh, S.A. de C.V. 24 de agosto de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel Mojica Hernández. Secretaria: Celerina Juárez Cruz. Nota: Por ejecutoria de fecha 12 de abril de 2002, la Segunda Sala, declaró inexistente la contradicción de tesis 2/2002 en que participó el presente criterio.
Registro digital (IUS): 209852