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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
IV.2o. J/56 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 209869
- Clave de tesis
- IV.2o. J/56
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 83, Noviembre de 1994; Pág. 60
FORMATO DE USO MULTIPLE PARA EFECTOS FISCALES. NO ES APTO POR SI SOLO PARA ACREDITAR LA POSESION.
[J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 83, Noviembre de 1994; Pág. 60
El formato de uso múltiple sobre la solicitud de inscripción de un negocio presentado ante la Oficina Federal de Hacienda por el contribuyente, por sí solo, es insuficiente para demostrar derechos de propiedad y posesión, pues con dicha documental sólo se prueba que el contribuyente en la fecha que se indica solicitó ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público su inscripción como contribuyente y que ante dicha autoridad se hicieron las manifestaciones contenidas en ese documento, (que es propietario de un negocio) pero no prueban que efectivamente así sea, al ser redactada en forma unilateral por el contribuyente.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 126/92. Ricardo Contreras Navarro. 1º de julio de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Arizpe Narro. Secretario: José Garza Muñiz.
Amparo en revisión 141/93. María de los Angeles Méndez Gámez. 7 de julio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Arturo Barocio Villalobos. Secretario: Rafael Domínguez Avilán.
Amparo en revisión 215/93. Carlos Ernesto Hernández Enriquez. 27 de octubre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Leandro Fernández Castillo. Secretario: Juan Antonio Ramos Padilla.
Queja 1/94. Alejandro Cruz Marín Campos. 5 de enero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Leandro Fernández Castillo. Secretario: Juan Manuel Rodríguez Gámez.
Amparo en revisión 161/94. Alejandra del Rosario Rodríguez Lozano. 10 de agosto de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Arturo Barocio Villalobos. Secretaria: María Mercedes Magaña Valencia.
Nota: La presente tesis no fue reiterada como vigente para los efectos de la publicación del Apéndice 1917-1995, según los acuerdos a que llegó la Comisión encargada de su integración, quedando a salvo las atribuciones de los órganos judiciales federales para aplicarla, reiterarla, interrumpirla o modificarla en los términos que establecen las disposiciones constitucionales y legales.