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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XV.2o. J/9JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 209886
- Clave de tesis
- XV.2o. J/9
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 83, Noviembre de 1994; Pág. 78
REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO EN EL JUICIO DE AMPARO. PROCEDE POR FALTA DE EMPLAZAMIENTO AL TERCERO PERJUDICADO.
[J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 83, Noviembre de 1994; Pág. 78
Si los demandados en el juicio natural, ahora tercero perjudicados, no fueron emplazados oportunamente en el juicio constitucional y, consecuentemente, tampoco fueron oídos, ello se traduce en una violación al procedimiento que amerita su reposición, de conformidad con el artículo 91, fracción IV, de la Ley de Amparo.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO QUINTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 261/94. Laura Elena Gallego Cedillo. 9 de septiembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Humberto Trujillo Altamirano. Secretario: Abelardo Rodríguez Cárdenas.
Amparo en revisión 263/94. Laura Elena Gallego Cedillo. 9 de septiembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Adán Gilberto Villarreal Castro. Secretaria: Magaly Herrera Olaiz.
Amparo en revisión 262/94. Laura Elena Gallego Cedillo. 13 de septiembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Sergio Javier Coss Ramos. Secretario: René Martínez Contreras.
Amparo en revisión 288/94. Laura Elena Gallego Cedillo. 23 de septiembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Humberto Trujillo Altamirano. Secretario: Abelardo Rodríguez Cárdenas.
Amparo en revisión 287/94. Laura Elena Gallego Cedillo. 26 de septiembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Adán Gilberto Villarreal Castro. Secretaria: Magaly Herrera Olaiz.