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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XX. 390 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209901
Clave de tesis
XX. 390 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 400

ACTAS DEL REGISTRO CIVIL. SI SE EXHIBEN ORIGINALES Y FOTOCOPIAS PARA SU COTEJO Y SE DEVUELVEN AQUELLOS SIN HABERSE HECHO EL MISMO, DEBEN SER APTOS PARA SER VALORADAS COMO ORIGINALES LAS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 400

Precedentes

Amparo directo 418/94. Zoila Anevi Ruiz Gómez. 11 de agosto de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco A. Velasco Santiago. Secretario: Stalin Rodríguez López.
Registro digital (IUS): 209901