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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
III. 3o. C. 81 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 209917
- Clave de tesis
- III. 3o. C. 81 K
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 411
AMPARO. LA AMPLIACION DE LA DEMANDA DE, PUEDE HACERSE EN EL MISMO JUICIO CUANDO EXISTE TIEMPO PARA ELLO O INTENTAR POR SEPARADO LA RECLAMACION CORRESPONDIENTE.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 411
No es verdad que a la inconforme no se le hubieran dado quince días para ampliar su demanda de garantías respecto del Tribunal de alzada y de la sentencia de segundo grado, porque, en primer lugar, la juez de Distrito no dictó proveído alguno que contuviera esa restricción; en segundo término, en atención a que la ampliación mencionada sólo puede hacerse mientras no se celebre la audiencia constitucional (en el caso, ésta se llevó a cabo precisamente el primer día que la promovente tenía para hacerlo), y por último, debido a que como la Ley de Amparo no contiene precepto alguno que disponga que cuando existe motivo para tal ampliación ésta deba plantearse forzosamente en el juicio constitucional ya instaurado, el interesado bien puede tramitar otro amparo por separado. En relación a los dos últimos supuestos señalados, cabe añadir que al no ser posible intentar la aludida ampliación en el juicio comenzado, el término de quince días que se tiene para formular aquélla no se interrumpe por no estar contemplada esa situación en la ley de la materia.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 443/94. Elba Leticia Martínez Vizcarra. 12 de julio de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Julio Ibarrola González. Secretario: Luis Bosco Gutiérrez Rodríguez.