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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XI. 1o. 59 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 209931
- Clave de tesis
- XI. 1o. 59 L
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 418
AVERIGUACION PREVIA. CONSTANCIAS DE LA. VALOR EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 418
Si bien las declaraciones contenidas en los documentos públicos consistentes en actas de averiguación previa penal, no pueden estimarse como prueba testimonial, ni asignárseles valor como tal, con apoyo en lo dispuesto en el artículo 841 de la Ley Federal del Trabajo, de ellos pueden derivarse indicios, por tratarse de actuaciones llevadas a cabo por una autoridad investida de fe pública en ejercicio de sus funciones.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 402/94. Magdalena Martínez Villanueva. 8 de agosto de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Leonel Valdés García. Secretario: Luis Angel Hernández Hernández.