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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 4o. A. 780 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209940
Clave de tesis
I. 4o. A. 780 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 424

COMPETENCIA, FUNDAMENTACION DE LA. CUANDO EXISTE OBLIGACION POR PARTE DE LA AUTORIDAD HACENDARIA DE CITAR EL ACUERDO DELEGATORIO DE FACULTADES.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 424

Precedentes

Revisión fiscal 1174/94. Administrador de lo Contencioso "1" de la Administración Central de lo Contencioso en representación del Secretario de Hacienda y Crédito Público (Distribuidora de Inoxidables Especializados, S.A. de C.V.). 31 de agosto de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: David Delgadillo Guerrero. Secretario: Raúl García Ramos.
Registro digital (IUS): 209940