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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 7o. T. 278 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209945
Clave de tesis
I. 7o. T. 278 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 426

CONFESIONAL. DESAHOGO DE LA. CUANDO RESULTA INNECESARIO "PROTESTAR" O APERCIBIR AL SUSTENTANTE, PARA QUE SE CONDUZCA CON VERDAD.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 426

Precedentes

Amparo directo 5467/94. Rubén Delgado Moya. 5 de julio de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: María Yolanda Múgica García. Secretario: Antonio Hernández Meza.
Registro digital (IUS): 209945