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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 9o. T. 81 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209952
Clave de tesis
I. 9o. T. 81 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 431

COPIAS FOTOSTATICAS OBJETADAS. CARGA DE LA PRUEBA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 431

Precedentes

Amparo directo 8399/94. María del Pilar Lecumberri Romero. 28 de septiembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Nilda R. Muñoz Vázquez. Secretario: Jorge Villalpando Bravo. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia I.9o.T. J/19, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo IV, agosto de 1996, página 406, de rubro: "COPIAS FOTOSTATICAS OBJETADAS. CARGA DE LA PRUEBA."
Registro digital (IUS): 209952