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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
V. 2o. 167 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209964
Clave de tesis
V. 2o. 167 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 439

DESPIDO DEL TRABAJADOR, PRESUNCION DE LA EXISTENCIA DEL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 439

Precedentes

Amparo directo 395/94. Heriberto Duarte Márquez. 18 de agosto de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Alicia Rodríguez Cruz. Secretario: Eduardo Anastacio Chávez García. Amparo directo 42/91. Transportes Norte de Sonora, S.A. de C.V. 20 de febrero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Pablo Antonio Ibarra Fernández. Secretario: Abdón Ruiz Miranda. Véase: Jurisprudencia 632 del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1988, Segunda Parte, página 1070.
Registro digital (IUS): 209964