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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XX. 381 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209970
Clave de tesis
XX. 381 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 442

DOCUMENTOS QUE ADMINICULADOS ENTRE SI TRAEN APAREJADA EJECUCION SI NO SON DESVIRTUADOS POR PRUEBA EN CONTRARIO. SI EN EL CONTRATO DE APERTURA DE LA INSTITUCION Y PAGARE DE CREDITO INDIVIDUAL SE ADVIERTE QUE COINCIDEN EN EL TIPO DE CREDITO Y EN LA CUANTIA, AUN CUANDO EN LA CERTIFICACION NO APAREZCA EL NUMERO DEL CONTRATO DE CREDITO, ESTOS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 442

Precedentes

Amparo directo 235/94. Miguel de J. Solórzano Grajales, con la personalidad de apoderado general para pleitos y cobranzas de la Institución de Banca Múltiple denominada Comermex, S. A. 2 de junio de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco A. Velasco Santiago. Secretario: Stalin Rodríguez López.
Registro digital (IUS): 209970