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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
IV. 3o. 96 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209973
Clave de tesis
IV. 3o. 96 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 444

EMPLAZAMIENTO, CUANDO SE RECLAMA SU ILEGALIDAD. DEBE SEÑALARSE COMO RESPONSABLE A LA AUTORIDAD QUE LO PRACTICO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 444

Precedentes

Amparo en revisión 226/92. Rosani Recubrimientos Residenciales, S.A. de C.V. 6 de mayo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Miguel García Salazar. Secretario: Hilario Zarazúa Galdeano.
Registro digital (IUS): 209973