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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.3o.C. 731 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209975
Clave de tesis
I.3o.C. 731 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 445

EMPLAZAMIENTO EN JUICIOS MERCANTILES. CUANDO NO SE ENTIENDE LA DILIGENCIA CON EL REO. DEBE HACERSE LA NOTIFICACION MEDIANTE CEDULA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 445

Precedentes

Amparo en revisión 1523/94. Ana Spindel Apfel de Zímerman. 30 de septiembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: José Rojas Aja. Secretario: Enrique Ramírez Gámez. Amparo en revisión 1048/89. Darío Barrera Durán y otra. 23 de febrero de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: José Rojas Aja. Secretario: Jesús Casarrubias Ortega.
Registro digital (IUS): 209975