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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
IV. 3o. 101 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 209977
- Clave de tesis
- IV. 3o. 101 K
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 446
EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 446
Para la procedencia del emplazamiento por edictos, no sólo es necesario que dos personas que dijeron ser vecinos de la parte a la que se pretende notificar hayan manifestado que ya no radica en el domicilio en que se actúa, sino que son indispensables otras gestiones, para así probar la ignorancia del domicilio, como por ejemplo, la búsqueda de la parte interesada por la policía del lugar donde se tiene el domicilio.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 18/93. Florinda Sifuentes Barba de Malacara. 23 de junio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Miguel García Salazar. Secretario: Hilario Zarazúa Galdeano.