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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
III. 1o. A. 148 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
209995
Clave de tesis
III. 1o. A. 148 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 456

INDIVISIBILIDAD DE LA PARCELA EJIDAL. LA CESION DE DERECHOS DE UNA UNIDAD DE DOTACION REALIZADA EN FAVOR DE VARIOS TITULARES CONTRAVIENE EL PRINCIPIO DE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 456

Precedentes

Amparo directo 73/93. J. Jesús Alvarado Concepción y otro. 8 de marzo de 1994. Mayoría de votos de los Magistrados Jorge Alfonso Alvarez Escoto y Rogelio Camarena Cortés, contra el voto del Magistrado Ramón Medina de la Torre. Ponente: Jorge Alfonso Alvarez Escoto. Secretario: Francisco Olmos Avilés. Amparo directo 74/93. Flavio Alvarado Concepción. 8 de marzo de 1994. Mayoría de votos de los Magistrados Jorge Alfonso Alvarez Escoto y Rogelio Camarena Cortés, contra el voto del Magistrado Ramón Medina de la Torre. Ponente: Jorge Alfonso Alvarez Escoto. Secretario: Julio Ramos Salas.
Registro digital (IUS): 209995