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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 8o. C. 82 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210003
Clave de tesis
I. 8o. C. 82 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 461

INTERESES MORATORIOS ESTIPULADOS EN LOS CONTRATOS DE MUTUO, NO SE RIGEN POR LAS DISPOSICIONES ESTABLECIDAS PARA LOS INTERESES ORDINARIOS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 461

Precedentes

Amparo directo 477/94. María Irene Sánchez Rivera de Camacho y otro. 8 de septiembre 1994. Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Sánchez Hidalgo. Secretaria: María Concepción Alonso Flores. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 145/2006-PS resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 64/2007, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXV, junio de 2007, página 92, con el rubro: "INTERESES MORATORIOS, PACTADOS CONTRACTUALMENTE POR LAS PARTES. SE RIGEN POR LAS REGLAS DEL ARTÍCULO 2395 DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL, POR SER CONVENCIONALES."
Registro digital (IUS): 210003