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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
II. 2o. C. T. 4 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210004
Clave de tesis
II. 2o. C. T. 4 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 461

INTERESES USURARIOS CONSTITUTIVOS DE DELITO. DEBEN RECLAMARSE EN LA VIA PENAL Y NO CIVIL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 461

Precedentes

Amparo directo 167/94. Pedro Meléndez Plata. 12 de septiembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Solís. Secretaria: E. Laura Rojas Vargas.
Registro digital (IUS): 210004