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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XIX. 2o. 34 LTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210033
Clave de tesis
XIX. 2o. 34 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 496

PERITO TERCERO EN DISCORDIA. DEBE EXTERNAR SU OPINION SOBRE LOS PUNTOS CONTROVERTIDOS EN LOS DICTAMENES OFRECIDOS POR LAS PARTES.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 496

Precedentes

Amparo directo 177/94. Juan Gómez Salinas. 24 de agosto de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Guadalupe Méndez Hernández. Secretario: Miguel Angel Peña Martínez.
Registro digital (IUS): 210033