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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
III. T. 263 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 210048
- Clave de tesis
- III. T. 263 L
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 505
PRESCRIPCION. RESCISION POR CAUSA IMPUTABLE AL PATRON, TERMINO DE LA.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 505
Cuando hay variación en las condiciones bajo las cuales se desempeña el trabajo, que se verifica por una sola vez para regir en lo futuro la relación laboral existente, verbigracia, reducción del salario, modificación de la jornada, cambio del lugar de prestación de servicios, del puesto o categoría, del día de descanso semanal, etcétera, aunque sus efectos se prolongan con posterioridad al cambio efectuado, tales efectos no son los que marcan el inicio del término de la prescripción de la acción rescisoria generada por tales motivos, sino que, el cómputo de la prescripción comienza a partir de la fecha en que se tenga conocimiento de la variación de las condiciones de trabajo.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 284/94. Javier Rodríguez Díaz. 7 de septiembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonsina Berta Navarro Hidalgo. Secretaria: Esperanza Guadalupe Farías Flores.
Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia III.1o.T. J/64, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXII, julio de 2005, página 1169, de rubro: "PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE RESCISIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL POR CAUSAS IMPUTABLES AL PATRÓN. CÓMPUTO DEL TÉRMINO PARA QUE OPERE CUANDO EXISTE VARIACIÓN EN LAS CONDICIONES DE TRABAJO."