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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 3o. C. 65 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210059
Clave de tesis
I. 3o. C. 65 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 510

PRUEBA TESTIMONIAL, ES REQUISITO DE FORMA PROPORCIONAR EL NOMBRE DE LOS TESTIGOS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 510

Precedentes

Amparo en revisión 1613/94. René Rincón Gordillo. 14 de octubre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis García Vasco. Secretario: Guillermo Campos Osorio. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 10/97 resuelta por el Tribunal Pleno, de la que derivó la tesis P./J. 75/2001, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XIII, junio de 2001, página 47, con el rubro: "TESTIMONIAL EN EL JUICIO DE AMPARO. ES REQUISITO DE FORMA QUE AL OFRECERSE, SE PROPORCIONE EL NOMBRE DE LOS TESTIGOS."
Registro digital (IUS): 210059