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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
II. 2o. C.T. 1 CTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210076
Clave de tesis
II. 2o. C.T. 1 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 522

RECURSO DE APELACION. ACLARACION DE SENTENCIA INTERLOCUTORIA NO INTERRUMPE EL TERMINO PARA EL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 522

Precedentes

Amparo en revisión 5/94. Ramón A. Cárdenas Esquivel. 16 de agosto de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Díaz Infante Aranda. Secretario: José Valdez Villegas.
Registro digital (IUS): 210076