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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 2o. P. 281 P Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210082
Clave de tesis
I. 2o. P. 281 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 524

REPARACION DEL DAÑO. DOCUMENTOS PRIVADOS NO RATIFICADOS. EFICACIA DE LOS EN LA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 524

Precedentes

Amparo directo 1286/94. Roberto Gutiérrez González. 8 de septiembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Gonzalo Ballesteros Tena. Secretario: Juvenal Hernández Rivera. Amparo directo 350/94. Eusebio Aragón Barreto. 24 de marzo de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Gonzalo Ballesteros Tena. Secretario: Juvenal Hernández Rivera. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia I.2o.P. J/1, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo III, mayo de 1996, página 551, de rubro: "REPARACION DEL DAÑO. DOCUMENTOS PRIVADOS NO RATIFICADOS, EFICACIA DE LOS EN LA."
Registro digital (IUS): 210082