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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 3o. C. 733 CTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210100
Clave de tesis
I. 3o. C. 733 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 535

SOCIEDADES. RESCISION, LA LEY NO CONTEMPLA A LA, COMO CAUSA DE DISOLUCION PARCIAL DE LA RELACION DE LA SOCIEDAD CON SUS SOCIOS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 535

Precedentes

Amparo directo 4753/94. Jesús Orozco González y otras. 30 de septiembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: José Becerra Santiago. Secretario: Marco Antonio Rodríguez Barajas.
Registro digital (IUS): 210100