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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VI. 2o. 687 CTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210101
Clave de tesis
VI. 2o. 687 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 536

SUCESIONES. ACUERDO DE SEPARACION DE LA PROSECUCION DEL JUICIO, ES RECURRIBLE EN REVOCACION. (LEGISLACION DE TLAXCALA).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 536

Precedentes

Amparo en revisión 253/94. Concepción Ahuactzin Armas y otras. 29 de junio de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Mario Machorro Castillo.
Registro digital (IUS): 210101