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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
V. 2o. 185 CTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210109
Clave de tesis
V. 2o. 185 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 541

TERMINO PARA LA INTERPOSICION DE LA DEMANDA DE AMPARO. COMPUTO DEL. CUANDO SE PROMUEVE EN CONTRA DE UNA RESOLUCION EMITIDA EN UN JUICIO MERCANTIL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Noviembre de 1994; Pág. 541

Precedentes

Amparo en revisión 202/94. Tecnoasfaltos y Terracerías, S. A. de C. V. 18 de agosto de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro Rivera. Secretario: Ramón Parra López. Recurso de reclamación 10/93. César Ignacio Maldonado León y otra. 31 de agosto de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Lucio Antonio Castillo González. Secretario: Ramón Parra López.
Registro digital (IUS): 210109