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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.9o.T. J/8JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 210136
- Clave de tesis
- I.9o.T. J/8
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 82, Octubre de 1994; Pág. 38
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, PRUEBAS, MOMENTO PROCESAL OPORTUNO PARA OFRECERLAS EN LOS JUICIOS RELATIVOS A LOS.
[J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 82, Octubre de 1994; Pág. 38
El momento procesal oportuno para ofrecer pruebas en un juicio laboral, suscitado entre los Poderes de la Unión, el Gobierno del Distrito Federal y sus Trabajadores, es cuando se presenta el escrito de demanda o su contestación. Por tanto, si las pruebas que pueden ofrecerse directamente y antes de que se haya corrido traslado de la demanda, se presentan al celebrarse la audiencia de pruebas, alegatos y resolución; es correcto su desechamiento, por no ajustarse a lo previsto en los artículos 127 bis y 129 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado; a menos que se dirijan a demostrar las objeciones de las pruebas del demandado o su efectividad, según sea el caso, pero siempre y cuando esos actos se realicen previamente a la celebración de la audiencia aludida; o bien, que se refieran a hechos supervenientes o que tengan por objeto probar las tachas de un testigo, en cuyas hipótesis, las pruebas pueden ofrecerse en la misma audiencia, según se deriva del precepto 133, del citado ordenamiento.
NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 6869/94. Alejandro Basilio Sánchez. 17 de agosto de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: Héctor Landa Razo.
Amparo directo 6859/94. Francisco Sosa Osorio. 24 de agosto de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Rafael Olivera Toro y Alonso. Secretaria: Rosa María Galván Zárate.
Amparo directo 7479/94. Cándido Ramírez Vásquez. 31 de agosto de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: Carlos Alberto Bravo Melgoza.
Amparo directo 7469/94. Moisés Rendón Martínez. 7 de septiembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Rafael Olivera Toro y Alonso. Secretaria: Rosa María Galván Zárate.
Amparo directo 7489/94. Isidro Pacheco Cruz. 7 de septiembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Rafael Olivera Toro y Alonso. Secretaria: Rebeca Gabriela Pizaña Nila.