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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 4o. A. 77 KTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210172
Clave de tesis
I. 4o. A. 77 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Octubre de 1994; Pág. 275

AGRAVIO FUNDADO PERO INOPERANTE. ES AQUEL QUE ALEGA ILEGALIDAD DE DESECHAMIENTO DE PRUEBAS, CUANDO ESTAS NO SON IDONEAS PARA DESVIRTUAR LA NEGATIVA DE ACTOS DE LAS AUTORIDADES.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Octubre de 1994; Pág. 275

Precedentes

Amparo en revisión 204/94. Isidro de la Rosa Hernández. 9 de marzo de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: David Delgadillo Guerrero. Secretario: Ramón García Rodríguez.
Registro digital (IUS): 210172