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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XX. 375 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210183
Clave de tesis
XX. 375 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Octubre de 1994; Pág. 280

AMPLIACION DE EMBARGO. ES CORRECTO EL PROCEDER DEL JUEZ NATURAL AL ORDENAR QUE SE PRESENTEN AVALUOS SOBRE LOS BIENES EMBARGADOS, PARA PODER PROVEER SOBRE LA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Octubre de 1994; Pág. 280

Precedentes

Amparo en revisión 256/94. Gilberto Gómez, como endosatario en procuración de Ricardo O. Gutiérrez Preciado. 23 de junio de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Mariano Hernández Torres. Secretario: Luis Armando Mijangos Robles.
Registro digital (IUS): 210183