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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 4o. A. 721 ATesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 210184
- Clave de tesis
- I. 4o. A. 721 A
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Octubre de 1994; Pág. 280
APODERADOS DE PERSONAS MORALES. REQUISITOS PARA JUSTIFICAR SU PERSONALIDAD.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Octubre de 1994; Pág. 280
Para acreditar la personalidad de las personas morales, no basta que en el instrumento notarial se acredite que quien otorga el mandato tiene poder general para pleitos y cobranzas, actos de administración y de riguroso dominio, otorgados por la asamblea de accionistas y/o por el consejo de administración, ya que es necesario se acredite que dicho otorgante está autorizado para substituir ese poder en favor de alguna otra persona y, en su caso, para revocar algún otro existente, facultad ésta que debe constar, necesariamente, en el instrumento notarial correspondiente.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 264/94. Ultralácteos, S.A. de C.V. 4 de mayo de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime C. Ramos Carreón. Secretaria: Mayra Villafuerte Coello.