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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VI. 1o. 126 ATesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 210212
- Clave de tesis
- VI. 1o. 126 A
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Octubre de 1994; Pág. 296
DEMANDA DE NULIDAD. A ELLA DEBE ACOMPAÑARSE COPIA DE LA INSTANCIA NO RESUELTA QUE CONTENGA LOS AGRAVIOS, Y NO SIMPLEMENTE LA COPIA DEL FORMATO CON EL QUE SE PRESENTO EL RECURSO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Octubre de 1994; Pág. 296
Del enlace lógico jurídico de los artículos 131, 121, 122, 18 y 209 fracción III del Código Fiscal de la Federación, se puede válidamente concluir que si para la configuración de la presunta confirmación del acto impugnado en revocación o resolución negativa ficta, se requiere justificar la existencia del recurso y su fecha de interposición, pues a partir de este momento empieza a correr el término de cuatro meses que tiene la autoridad para resolverlo; es claro que el aludido artículo 209, fracción III, al referirse a que el actor debe adjuntar a la demanda, la instancia no resuelta, ello no puede ser otra cosa que la copia del formato por la que se interpone ante la autoridad fiscal el recurso de revocación, debidamente sellada con la fecha de recepción, y el anexo de la copia del escrito que contiene los agravios que le causa al recurrente el acto impugnado, los hechos controvertidos, las pruebas que acompañe y las que ofrezca, debidamente firmado, porque precisamente a este escrito es al que debe recaer la resolución correspondiente dentro del término de ley, y no al formato con el que se interpone el citado recurso.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 250/94. La Hamburguesa Asada Nonantzi, S. A. de C. V. 18 de agosto de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Eric Roberto Santos Partido. Secretario: Martín Amador Ibarra.