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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
IX. 2o. 45 CTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210223
Clave de tesis
IX. 2o. 45 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Octubre de 1994; Pág. 302

EMPLAZAMIENTO. ES ILEGAL EL QUE SE PRACTICA POR MEDIO DE CEDULA CON BASE EN UN CITATORIO QUE NO SE DEJO EN EL DOMICILIO DEL DEMANDADO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Octubre de 1994; Pág. 302

Precedentes

Amparo en revisión 80/94. Luis Francisco Rocha Alvarado. 15 de junio de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Mario Montellano Díaz. Secretaria: Edwigis Olivia Rotunno de Santiago.
Registro digital (IUS): 210223