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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XVII. 2o. 25 P Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210233
Clave de tesis
XVII. 2o. 25 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Octubre de 1994; Pág. 311

IDENTIFICACION ADMINISTRATIVA. SU ORDEN NO ES UN ACTO DE AUTORIDAD, INDEPENDIENTE, AUTONOMO Y DIVERSO DEL AUTO DE FORMAL PRISION (LEGISLACION PARA EL ESTADO DE CHIHUAHUA).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Octubre de 1994; Pág. 311

Precedentes

Amparo en revisión 300/93. Héctor Peralta Cruz. 20 de enero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Manuel Campuzano Medina. Secretaria: María de Lourdes Villagómez Guillón.
Registro digital (IUS): 210233