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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 3o. C. 64 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210258
Clave de tesis
I. 3o. C. 64 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Octubre de 1994; Pág. 343

PREVENCION EN LA REVISION. EL PRESIDENTE DE UN TRIBUNAL COLEGIADO TIENE FACULTADES PARA ORDENAR LA RATIFICACION DEL ESCRITO EN EL QUE CONSTA SOLO LA HUELLA DIGITAL DEL RECURRENTE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Octubre de 1994; Pág. 343

Precedentes

Reclamación en amparo en revisión 1303/94. Ramona Alvarez Muñoz. 8 de septiembre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis García Vasco. Secretario: Miguel Angel Castañeda Niebla.
Registro digital (IUS): 210258