Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/210342
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XXI.1o. J/16JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 210342
- Clave de tesis
- XXI.1o. J/16
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 81, Septiembre de 1994; Pág. 77
CONCEPTOS DE VIOLACION INOPERANTES.
[J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 81, Septiembre de 1994; Pág. 77
Si el quejoso, substancialmente repite, en sus conceptos de violación, los agravios hechos valer ante el tribunal responsable, pero omite impugnar los fundamentos de la sentencia reclamada que dieron respuesta a tales agravios, debe concluirse que dichos conceptos son inoperantes, pues, por una parte en el amparo no se debe resolver si el fallo de primer grado estuvo bien o mal dictado, sino si los fundamentos de la sentencia reclamada que se ocuparon de aquellos agravios son o no violatorios de garantías; y por otra, si tales fundamentos no aparecen combatidos en la demanda de amparo, se mantienen vivos para continuar rigiendo la sentencia que se reclama.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 84/93. Gabriel Jaimes Antúnez. 13 de mayo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Vilchiz Sierra. Secretario: Eduardo Alberto Olea Salgado.
Amparo directo 141/93. Fidel Díaz Méndez. 1o. de julio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Vilchiz Sierra.
Amparo directo 204/93. Proveedora de la Industria de Guerrero, S.A. de C.V. y otro. 9 de septiembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Vilchiz Sierra. Secretario: Eduardo Alberto Olea Salgado.
Amparo directo 284/93. Ingeniería Eléctrica Especializada y Suministros del Sureste, S.A. de C.V. 23 de noviembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Vilchiz Sierra.
Amparo directo 79/94. Manuela Hernández de los Santos. 14 de abril de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Vilchiz Sierra. Secretario: José Luis Vázquez Camacho.