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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XXI. 1o. 95 KTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210359
Clave de tesis
XXI. 1o. 95 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 250

AGRAVIOS. EXAMEN QUE DE ELLOS DEBE HACER LA RESPONSABLE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 250

Precedentes

Amparo directo 95/94. Lorena Datson Castrejón. 24 de marzo de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: José Refugio Raya Arredondo. Secretario: José Luis Arroyo Alcántar. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, Tomo IV, Segunda Parte-1, Tesis 24, pág. 60.
Registro digital (IUS): 210359