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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
V. 2o. 215 KTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210369
Clave de tesis
V. 2o. 215 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 256

AMPARO, IMPROCEDENCIA DEL. POR HABER SIDO EL ACTO MATERIA DE OTRO AMPARO (ARTICULO 73, FRACCION IV, DE LA LEY DE AMPARO).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 256

Precedentes

Amparo en revisión 129/94. Mario Palma Salcido. 9 de junio de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Ricardo Rivas Pérez. Secretario: José Luis Hernández Ochoa. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tercera Sala, Tomo LXVII, pág. 3414.
Registro digital (IUS): 210369