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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VII. 1o. C. 76 CTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210405
Clave de tesis
VII. 1o. C. 76 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 273

AVAL. NO LE CAUSA PERJUICIO LA FALTA DE EMPLAZAMIENTO AL DEUDOR PRINCIPAL, POR EL COMPROMISO SOLIDARIO QUE TIENE EL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 273

Precedentes

Amparo directo 787/93. Ubaldo Escudero Cabrera. 23 de septiembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Omar Losson Ovando. Secretario: José Angel Ramos Bonifaz.
Registro digital (IUS): 210405