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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VII. 1o. C. 62 CTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210416
Clave de tesis
VII. 1o. C. 62 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 282

CANCELACION DE PENSION ALIMENTICIA. IMPROCEDENCIA DE LA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 282

Precedentes

Amparo directo 585/93. Yolanda Ramos Francisco. 11 de agosto de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonso Ortiz Díaz. Secretario: Sergio Hernández Loyo.
Registro digital (IUS): 210416