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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 8o. C. 74 CTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210429
Clave de tesis
I. 8o. C. 74 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 289

COMPRAVENTA, RESCISION DE CONTRATO. PARA QUE PROCEDA CONDENAR AL PAGO DE RENTA E INDEMNIZACION, POR EL USO DEL INMUEBLE QUE ENTREGO EL VENDEDOR AL COMPRADOR, ES NECESARIO QUE DICHAS PRESTACIONES SE HAGAN VALER EN LA DEMANDA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 289

Precedentes

Amparo directo 377/94. Jorge Gutiérrez Martínez. 4 de agosto de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Sánchez Hidalgo. Secretario: Francisco Javier Rebolledo Peña.
Registro digital (IUS): 210429