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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
IX. 2o. 40 KTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210442
Clave de tesis
IX. 2o. 40 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 296

COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA DE AMPARO, DATOS QUE DEBEN ANOTARSE POR EL OFICIAL DE PARTES EN LA QUE DEVUELVE AL LITIGANTE CUANDO ESTE EXHIBE EL ORIGINAL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 296

Precedentes

Improcedencia 77/94. Martín Vázquez Rodríguez. 25 de mayo de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Pedro Elías Soto Lara. Secretario: Rafael Rivera Durón.
Registro digital (IUS): 210442