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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 5o. T. 736 LTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210456
Clave de tesis
I. 5o. T. 736 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 305

DEMANDA DEL TRABAJADOR. NO ESTA OBLIGADO A FUNDARLA Y MOTIVARLA. EN CAMBIO LA JUNTA SI AL PRONUNCIAR EL LAUDO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 305

Precedentes

Amparo directo 4395/94. Petróleos Mexicanos. 26 de mayo de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Gemma de la Llata Valenzuela. Secretaria: María Isabel Haruno Takata Gutiérrez.
Registro digital (IUS): 210456