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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XII. 1o. 22 CTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210463
Clave de tesis
XII. 1o. 22 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 309

DESAHUCIO. EJECUTORIADA LA SENTENCIA, EL PAGO DE LAS RENTAS ADEUDADAS NO IMPIDE EL LANZAMIENTO. (LEGISLACION DEL ESTADO DE SINALOA).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 309

Precedentes

Amparo en revisión 136/90. Francisco Efrén Ortiz Arellano. 19 de septiembre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Eliseo Gustavo Araujo Arriaga. Secretario: Miguel Izaguirre Ojeda.
Registro digital (IUS): 210463