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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 4o. A. 757 ATesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210484
Clave de tesis
I. 4o. A. 757 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 321

EMBARGO PRECAUTORIO DE VEHICULO EXTRANJERO. SI LAS AUTORIDADES NO FUNDAN NI MOTIVAN LA DESESTIMACION DE LOS DOCUMENTOS QUE EL EMBARGADO EXHIBIO, DEBE CONCEDERSE EL AMPARO POR ESE HECHO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 321

Precedentes

Amparo en revisión 94/94. Luis Carrillo Sánchez. 23 de febrero de 1994. Mayoría de votos. Ponente: David Delgadillo Guerrero. Secretario: Ramón García Rodríguez. Disidente: Jaime C. Ramos Carreón.
Registro digital (IUS): 210484