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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 3 de diciembre de 1999, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 91/97 en que participó el presente criterio.

I. 5o. T. 734 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210497
Clave de tesis
I. 5o. T. 734 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 328

EXCEPCION DE PRESCRIPCION, RESPECTO A SU EFICACIA EN MATERIA LABORAL, EQUIVALE A LA CADUCIDAD DEL DERECHO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 328

Precedentes

Queja 425/94. Transportes de Gas Aco, S.A. de C.V. 15 de febrero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Barredo Pereira. Secretario: Vicente Angel González. Nota: Por ejecutoria de fecha 3 de diciembre de 1999, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 91/97 en que participó el presente criterio.
Registro digital (IUS): 210497