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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 1o. T. 464 LTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 210525
- Clave de tesis
- I. 1o. T. 464 L
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 348
INCREMENTOS SALARIALES. LA PERICIAL RESULTA INTRASCENDENTE PARA ACREDITAR LOS.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 348
Cuando se ofrece prueba pericial para demostrar incrementos salariales, si la misma es desechada, con ello no se violan los derechos constitucionales del quejoso, ya que, para acreditar tal extremo no se requieren conocimientos especializados en la ciencia, técnica o arte a que alude el artículo 821 de la Ley Federal del Trabajo.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 911/93. Enrique Rodríguez Morales. 17 de febrero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: María Simona Ramos Ruvalcaba. Secretario: Guillermo Becerra Castellanos.