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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XXI. 1o. 102 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 210529
- Clave de tesis
- XXI. 1o. 102 K
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 349
INFORME JUSTIFICADO. NEGATIVA DE LOS ACTOS ATRIBUIDOS A LAS AUTORIDADES.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 349
Si las responsables niegan los actos que se les atribuyen, y los quejosos no desvirtúan esta negativa, procede el sobreseimiento, en los términos de la fracción IV del artículo 74 de la Ley de Amparo.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 139/94. Magali Urióstegui Isidro. 6 de mayo de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: José Refugio Raya Arredondo. Secretario: Víctor Hugo Enríquez Pogán.
Amparo en revisión 35/94. Eloy Abad Vargas y Ventura Barrientos Muñoz. 10 de febrero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: José Refugio Raya Arredondo. Secretario: Víctor Hugo Enríquez Pogán.
Octava Epoca, Tomo XIII-Mayo, pág. 463.
Véanse:
Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca:
Tomo IV, Segunda Parte-2, pág. 627
Tomo V, Segunda Parte-2, pág. 589
Tomo VII-Marzo, pág. 166.
Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca:
Volúmenes 197-204, Séptima Parte, pág. 264
Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1988, Segunda Parte, Tesis 1002, Pág. 1621.