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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 4o. A. 727 ATesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 210551
- Clave de tesis
- I. 4o. A. 727 A
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 367
MAGISTRADOS INSTRUCTORES DE LAS SALAS DEL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION. SUS PROYECTOS DE SENTENCIA NO AFECTAN LOS INTERESES JURIDICOS DE LAS PARTES EN EL JUICIO FISCAL.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 367
Los proyectos de sentencia realizados por los Magistrados Instructores de las diferentes Salas del Tribunal Fiscal de la Federación no constituyen resoluciones que afecten los intereses jurídicos de las partes en el juicio fiscal, ya que, en todo caso, tal afectación la causaría la resolución definitiva que al efecto dictare la Sala fiscal, por tanto, procede sobreseer sobre los aludidos proyectos con fundamento en los artículos 74, fracción III, y 73, fracción V, ambos, de la Ley de Amparo.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 2881/93. Azulejos y Muebles Riviera, S. A. de C. V. 9 de febrero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime C. Ramos Carreón. Secretaria: Silvia Martínez Saavedra.